Se están dando con mucha frecuencia los casos de cosméticos retenidos en aduanas. Les sucede tanto a negociantes mayoristas como a personas naturales. El principal motivo es el desconocimiento.
Uno de nuestros clientes nos cuenta su historia
«Resulta que estaba buscando productos cosméticos para mi negocio. Algunos que yo pudiera importar a bajo costo para poder distribuirlos primero en Lima y después a todo el Perú. Encontré varios que me llamaron mucho la atención. Me enfoqué en uno de ellos, y me decidí a contactar al proveedor. Era la primera vez que compraba algo del exterior.
Me enviaron la cotización, y luego de verificar que era un proveedor confiable, procedí a realizar la transferencia en el Banco. Fueron casi 500 dolares. Unos días después me confirmaron que mi pedido ya estaba siendo enviado con destino a Perú. Esperé con muchas ansias la llegada de mis productos.
Un par de semanas después recibo la llamada del courier. Se me informaba que había llegado un paquete a mi nombre, pero a su vez me solicitaban presentar los registros de estos. La emoción que sentía en un inicio se tornó de forma repentina en confusión; luego pasé a la desilusión al enterarme que mis productos requerían de un permiso especial.»
El registro a que se hace mención es la Notificación Sanitaria Obligatoria de Cosméticos, conocido también por sus siglas como NSOC.
Las expectativas de tener en sus manos los productos que compró se vieron truncadas al saber que Aduanas había retenido su compra, por carecer precisamente de esta NSOC.
Otros casos
Este tipo de casos no solo ocurre con las compras que se hacen por internet; ocurre que los cosméticos retenidos en aduanas se dan también con mayor frecuencia cuando:
– Desde fuera, una amistad o un familiar, se los envía como regalo a una persona en Perú.
– Estando en el extranjero, alguien compra este tipo de productos con el fin de venderlos a su regreso al Perú.
– Una persona o empresa quiere iniciar un proyecto de importación de cosméticos y solicita muestras a un potencial proveedor del extranjero.
Antes de siquiera pensar en realizar una compra por internet, de productos cosméticos del exterior, o quiera traerlos de una u otra forma, es mejor que tome en cuenta los siguientes consejos.
Se puede importar hasta 4 unidades
En el 2018 DIGEMID emitió un comunicado donde se autoriza la importación de cosméticos sin la necesidad de que estos cuenten con NSOC. Otro tipo de artículos, que también pueden ingresar de esta forma son los productos de higiene doméstica, productos absorbentes de higiene personal y artículos para bebés,
Por supuesto, esto tiene sus restricciones, ya que con esta modalidad solamente se puede importar 4 unidades en total, como persona natural, y solo hasta tres veces durante un año calendario.
Se puede importar muestras sin NSOC
Cuando usted quiera traer muestras de cosméticos, u otro tipo de productos sanitarios, para que realice un pequeño estudio de mercado en Perú, hay que solicitar previamente un permiso ante DIGEMID.
Las tendencias en lo referido a belleza y cuidado personal son variados, por lo que le vendría bien probar entre distintas marcas para evaluar previamente su mercado.
Puede que esto le parezca engorroso o muy difícil (imagínate estar yendo de un lado a otro para hacer estos trámites ante el Ministerio de Salud), y con mayor razón por el hecho de que no se puedan realizar a titulo personal sino a través de una Droguería.
Para eso estamos nosotros, quienes podemos ayudarle con todo el proceso de modo que no pierda tiempo ni dinero, ni se arriesgue a que su trámite termine como improcedente.
Importe sus propios productos, con NSOC
Para importar cosméticos, y poder comercializarlos en el mercado peruano, hay que cumplir una serie de requisitos, entre ellos contar con un almacén certificado, un Director Técnico, una oficina administrativa, y demás requerimientos contemplados en la normativa vigente; es decir, contar con la empresa importadora que, en este caso, ha de constituirse como Droguería.
El paso siguiente será presentar los requisitos necesarios para obtener la autorización sanitaria (NSOC) de tus productos, tales como composición, los porcentajes de los ingredientes, exámenes microbiológicos, rotulado del producto, certificado de libre venta, entre otros.
Pierda cuidado si cree que estos requisitos pueden ser complicados de conseguir. Su proveedor, siendo un fabricante, maneja este tipo de documentos en su etapa de fabricación, por lo que deben de contar con todo lo necesario para obtener los registros de la forma más optima.
El mundo de los productos de belleza es uno de los campos más dinámicos y que además se encuentra en un crecimiento sostenido.
Si bien existen requerimientos que se deben cumplir, y una inversión que ha de hacerse, lo mejor será que tenga la absoluta seguridad de obtener los resultados esperados.
No basta con que le brinden una simple asesoría para obtener el permiso de la Droguería y los respectivos registros; es importante contar con el equipo idóneo para que en base a sus conocimientos y experiencia le puedan apoyar “desde cero” (si así lo requiere), hasta incluso con los temas de importación para que su ingreso al mercado peruano se lleve a cabo de la mejor manera.
Términos empleados
(*) NSOC, son las siglas de Notificación Sanitaria Obligatoria. En palabras sencillas es la autorización emitida por Digemid para que pueda importar y comercializar sus productos.
(**) DIGEMID, es una entidad del Ministerio de Salud. Es la encargada de evaluar y brindar las autorizaciones correspondientes a este y otro tipo de productos relacionados con la salud y la belleza.
Entonces, para evitar que sus cosméticos sean retenidos en aduanas, usted puede contar con las diferentes soluciones que le podemos brindar, según su necesidad exacta. Póngase en contacto con nosotros y le ayudaremos en todo el proceso para la importación de sus productos cosméticos.
Que tengas un buen día,
Juan Medina
gabriela
buenas tardes necesito su ayuda ,hace un tiempo hice una compra de serums cosméticos en aliexpress y el día de hoy me dieron un documento comunicándome que mis productos fueron retenidos en la aduana. ¿Qué puedo hacer para solucionar esto y ¿Cómo puedo pedir un permiso a digemid?
Juan Medina
Hola Gabriela. Te comento, el permiso (NSOC) se obtiene por medio de una Droguería y luego, cuando se hace la importación, la documentación aduanera debe de llegar a nombre de la Droguería. Por otro lado, también debe de tomar en cuenta que los datos de la NSOC y del Importador deben estar impresos en cada unidad de los productos.
Gabriela Hilario
Hola, me paso eso, me compre 10 productos sin saber que el maximo era 4 y ahora me piden el registro sanitario y yo no tengo idea ya que son para mi, quien o en donde puedo eoncotrar alguien que me ayude a tramitar eso porfavor
Juan Medina
Hola Gabriela. Efectivamente para traer cosméticos para uso personal, solamente se permiten cuatro unidades. En tu caso, crear una droguería y obtener las NSOC no es una opción. Siento mucho que no podamos ayudarte a solucionar lo de tu compra retenida; lo que podemos aconsejarte es que trates de ver si por lo menos te pueden dejar pasar 4 unidades en lugar de las 10 que adquiriste. Saludos,
paul
Buenas tardes quiero importar un galon (4.5 litros) de shampoo solo sera una unidad 01.
Tendre problemas con el producto, lo retendran???
Juan Medina
Hola Paul. Si se trae como para un «uso personal», no tendrían por qué ser retenido: https://mdconsultora.blogspot.com/2018/04/se-autoriza-la-importacion-de.html El Comunicado de Digemid no hace mención del volumen del producto, sólo de la cantidad a traer.